Normatividad

ACUERDO No. 025 DE 09-09-91

REPÚBLICA DE COLOMBIA
Departamento del Valle del Cauca
CONCEJO MUNICIPAL BUGA

ACUERDO No. 025 DE 1991 (Nueve de septiembre )

POR MEDIO DEL CUAL PE DEROGAN LOS ACUERDOS NÚMEROS 015 DE 1985, 001 DE 1986, 038 DE 1987, 027 DE 1989; Y SE CREA EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA REFORMA URBANA Y VIVIENDA DE ÍNTERES SOCIAL DE GUA DALAJARA DE BUGA - IMVIBUGA-. EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUADALAJARA DE BUGA en uso de sus atribuciones legales consagradas en la Constitución Nacional artículos 313 numeral 06 y las Leyes 09 de 1989, 03 de 1991.

ACUERDA:

CAPITULO I : NATURALEZA Y FUNCIONES

ARTICULO PRIMERO: REVOCAR los acuerdos 015 de 1989, 01 de 1986 038 de 1987 y 027 de 1909 y se crea el INSTITUTO MUNICIPAL DE LA REFORMA URBANA Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL DE GUADALAJARA DE BUGA (IMVJBUGA).

ARTICULO SEGUNDO: Para todos los efectos legales el INSTITUTO MUNICIPAL DE LA REFORMA URBANA Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL DE GUADALAJARA DE BUGA -IMVIBUGA-, cumplirá las funciones pertinentes asignadas a los municipios por la Ley 9 de 1939 y la Ley 03 de 1991.

ARTICULO TERCERO: NATURALEZA. EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA REFORMA URBANA Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL DE GUADALAJARA DE BUGA -IMVIBUGA- es un establecimiento público descentralizado de orden Municipal, con autonomía administrativa, personería Jurídica y patrimonio propio.

ARTICULO CUARTO: OBJETIVO. EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA RE FORMA URBANA Y VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL -IMVIBUGA- tendrá como objeto básico desarrollar en el municipio de Guadalajara de Buga, las políticas de vivienda de interés social en sus áreas urbanas y rurales, aplicar la reforma urbana en los términos previstos por la Ley 9 de 1989 y demás disposiciones concordantes, especialmente en lo que hace referencia a la vivienda de interés social y promover las organizaciones; populares de vivienda.

ARTICULO QUINTO: FUNCIONES GENERALES. Para el cumplimiento de sus objetivos, -IMVIBUGA-, ejercerá las siguientes funciones generales:

  • A. El manejo de los instrumentos otorgados por la Ley 09 de 1989 y la Ley 03 de 1991, teniendo en cuenta sus decretos reglamentarios.
  • B. Coordinar acciones con -INURBE- y demás entidades del Sistema Nacional de Vivienda de interés social, para ejecución de sus políticas especialmente coordinará con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero la ejecución de programas de vivienda de interés social en el sector rural.
  • C. Canalizar recursos provenientes del subsidio familiar de vivienda para aquellos programas adelantados con su participación.
  • D. Desarrollar permanentemente o en asocio con entidades autorizadas programas de construcción, adquisición, mejoramiento, re ubicación, rehabilitación y legalización de soluciones de vivienda de interés social.
  • E. Adquirir por enajenación voluntaria, expropiación o extinción del dominio, los inmuebles necesarios para la ejecución de planes de vivienda do interés social.
  • F. Legalizar títulos en urbanizaciones de hecho o ilegales.
  • G. Fomentar la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo la reubicación de inquilinatos y la ejecución de proyectos de reajuste de tierra e integración inmobiliaria siempre que se trate vivienda de interés social.
  • H. Fomentar el desarrollo de las organizaciones populares de vivienda.
  • I. Promover o apoyar centros de acopio de materiales de construcción y de herramientas para apoyar programas de vivienda de interés social.
  • J. Otorgar créditos descontables o redes contables en el Banco Central Hipotecario según lo dispuesto en la Ley 09 de 1989, para financiar programas de soluciones de vivienda de interés social.
  • K. Crear y manejar el banco de tierras, adjunto a IMVIBUGA, para el manejo y administración del patrimonio ejidal del Municipio de Guadalajara de Buga y los demás inmuebles adquiridos en virtud del numeral e) del presente.